- El Ayuntamiento de Bilbao distribuirá a partir de esta semana 155.000 folletos con información sobre la nueva Tasa de Residuos Urbanos que entra en vigor este año 2026. En total se buzonearán 152.000 ejemplares en las viviendas y otros 3.000 en los equipamientos municipales.
- Se trata de una campaña previa a las comunicaciones que el Consistorio enviará por correo ordinario a cada persona propietaria de inmuebles urbanos donde se detallarán las cuotas a pagar y la manera de hacer los pagos. Estos recibos se enviarán entre febrero y abril.
El Ayuntamiento empezará a distribuir esta semana ejemplares explicativos sobre la nueva Tasa de Residuos Urbanos, tributo que desde este ejercicio 2026 se cobra por la prestación del servicio de gestión de residuos urbanos, tanto los generados en viviendas como en edificios de uso no residencial, que incluye la recogida, el transporte y el tratamiento. En total se van a difundir 155.000 ejemplares, bajo el formato InfoBilbao, de los que 152.000 se harán llegar a los buzones de las viviendas y el resto, (3.000) en los equipamientos municipales.
Se trata de una campaña informativa en la que el Consistorio quiere hacer llegar a la ciudadanía los detalles más importantes de esta tasa que viene a sustituir a la de basura, que hasta 2025 era cobrada por el Consorcio de Aguas, y desde este año será el propio Ayuntamiento quien se encargue de su gestión.
Estos ejemplares, redactados de manera muy sencilla, son el preámbulo a las comunicaciones que por correo ordinario se remitirán, entre febrero y abril, a cada persona propietaria de los bienes inmuebles con los detalles de las cuotas a pagar y modo de hacerlo. En total serán 160.000 cartas que, en esta ocasión, al ser nueva la tasa, harán llegar los recibos de forma separada al resto de tributos. Es decir, no se abonará junto a otros tributos como el IBI, el Impuesto de vehículos… A partir de 2027, sí se pagará junto con el resto de impuestos, según la forma de pago que tenga cada contribuyente.
En estas cartas, además del importe a pagar de cada inmueble y el total de las cuotas, se incluirá un documento para realizar el pago, ofreciendo dos opciones que habrá que elegir, con fecha tope, hasta el 31 de mayo:
- Pagar el importe total de las cuotas en un único pago.
- Pagar el importe total de las cuotas en 6 plazos mensuales, de julio a diciembre de 2026, que se cargarán en la cuenta bancaria, sin que se generen intereses. Para poder beneficiarse de este pago fraccionado es imprescindible solicitarlo antes del 31 de mayo de 2026.
QUIEN PAGA LA TASA
Entre otros datos de interés, el ejemplar que se recibirá en cada vivienda, explica que están obligados a su pago las personas propietarias de los bienes inmuebles, aunque no sean las beneficiarias del servicio pudiendo hacer, en su caso, que la cuota la abonen las personas que sí se beneficien del servicio por residir o ejercer su actividad en la propiedad.
La cuota se calcula sumando dos componentes:
– El componente básico: se paga por la existencia del servicio y su importe depende del valor catastral del inmueble.
– El componente específico: depende de la cantidad de residuos que se pueden generar. En las viviendas, se tiene en cuenta el número de personas empadronadas. En los inmuebles que no son viviendas, se tiene en cuenta: la actividad que se realiza y la superficie del inmueble. No se paga la parte específica en garajes, trasteros y solares.
QUIEN COBRA LA TASA DE RESIDUOS
Como se decía anteriormente, el Ayuntamiento es quien va a gestionar directamente la nueva Tasa de Residuos, esto es, se encargará de girarla y cobrarla a partir de 2026, sustituyendo a la tasa de basura que hasta 2025 era llevada por el Consorcio de Aguas. No obstante, hay que tener en cuenta que el Consorcio remitirá recibos con las cuotas de la Tasa de Basura correspondientes al último trimestre de 2025 de viviendas y locales durante las primeras semanas del año 2026. Será un periodo transitorio.
TRIBUTO OBLIGATORIO
El pago de esta nueva tasa supone un mandato que deben llevar a cabo todas y cada una de las entidades locales sin excepción, que debe responder a tres principios irrenunciables, siguiendo la Ley 7/2022: No puede ser deficitaria, debe reflejar el coste real de la recogida, transporte y tratamiento de los residuos, y debe establecer un sistema de pago en función de los residuos que se generan, bajo el criterio de quien contamina paga.
Estrechamente unido a este tributo, está el objetivo de concienciar a la ciudadanía sobre la necesidad del reciclaje. Para ello, hay que recordar la campaña “Bilborganik, Cuidar Bilbao es Orgánico’, iniciativa puesta en marcha por el Ayuntamiento con el objetivo de extender el uso de contenedores especiales de residuos orgánicos (contenedor marrón o quinto contenedor).
Con este propósito, en la nueva tasa se han contemplado una serie de bonificaciones con unas condiciones específicas:
- SOLO PARA EL EJERCICIO 2026: una bonificación a los inmuebles residenciales que se aplicará a todos aquellos sujetos pasivos que hayan SOLICITADO EL ALTA de sus bienes inmuebles en el programa especial de residuos orgánicos antes del 1 de enero de 2026. En este primer año, la bonificación será de un 10% del componente específico de la cuota.
- A PARTIR DE ENERO DE 2027: Se realizará una bonificación del 20% del componente específico a quienes acrediten un mínimo de 36 semanas en el uso de los contenedores de residuos orgánicos de origen doméstico durante el año anterior al devengo. (Es decir, en enero de 2027 se aplicará esta reducción con los datos de uso del quinto contenedor que se hayan obtenido durante su utilización en el año 2026.)



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