- El Ayuntamiento de Bilbao ha propuesto, por segundo año consecutivo, congelar los tributos municipales del próximo ejercicio con el objetivo de ayudar a la ciudadanía, personas autónomas, comercios y empresas de la ciudad ante el incremento progresivo de los costes. Como ha explicado Carlos Urgoiti, Concejal de Hacienda, “esta medida de menor presión fiscal obligará al Consistorio a incrementar la gestión para seguir manteniendo la calidad de los servicios públicos”.
- Las Ordenanzas Fiscales de 2027 incorporan, como novedad, el Impuesto sobre Estancias Turísticas con una propuesta de gravámenes máximos para apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico, de hasta 6,5 euros. También se incluyen unas modificaciones específicas para ayudar a movilizar la vivienda vacía y un gravamen a la telefonía móvil.
El Ayuntamiento de Bilbao ha aprobado la propuesta de Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2027 que plantea la congelación de los tributos municipales. Tras la reunión previa del equipo de Gobierno, Carlos Urgoiti, Concejal de Hacienda del Consistorio, ha comparecido a petición propia para dar a conocer a todos los grupos políticos con representación municipal el escenario de impuestos y tasas que se ha elaborado para el próximo año, cuya decisión más importante es “la congelación de los tributos”, una medida que también se ha aplicado en el presente ejercicio 2026.
Como ha adelantado, no se trata únicamente de una decisión fiscal sino “política” acompañando la responsabilidad de las instituciones al contexto económico actual. “Somos conscientes del esfuerzo de las familias, personas autónomas, comercios y empresas ante el progresivo incremento de los costes, de ahí que optemos por mantener la presión fiscal dejándoles una mayor capacidad económica”. “Esta decisión -ha precisado– nos obliga también a tener una gestión muy rigurosa y responsable ya que mientras congelamos los tributos, el Ayuntamiento debe seguir haciendo frente a mayores costes para mantener la calidad de los servicios públicos y asumir el compromiso de mejorar Bilbao sin trasladar ese esfuerzo económico a la ciudadanía.”
Junto a la congelación, las Ordenanzas Fiscales de 2027 incluyen como novedad la puesta en vigor del IMPUESTO SOBRE ESTANCIAS TURÍSTICAS así como varias modificaciones específicas. Entre ellas y relacionadas con la movilización de VIVIENDA VACÍA se propone:
- Incrementar hasta el 75% la bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) aplicable a las viviendas que se incorporen a programas públicos de alquiler como Bizigune u otros de tipología similar.
- Aplicar el recargo en el IBI del 75 % a las viviendas vacías, de acuerdo con la normativa vigente y con los acuerdos ya adoptados en sesión plenaria por el Ayuntamiento.
La segunda modificación afecta a la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por Utilización Privativa y aprovechamiento especial del dominio público local, en la que se propone la aplicación del gravamen del 1,5% de los ingresos brutos de facturación obtenidos en el término municipal por las empresas explotadoras de servicios de suministros también a las empresas de TELEFONÍA MÓVIL.
NUEVO IMPUESTO SOBRE ESTANCIAS TURÍSTICAS
Como se decía anteriormente, la entrada en vigor del Impuesto sobre Estancias Turísticas será una de las grandes novedades de las Ordenanzas Fiscales del próximo año, un proyecto en el que se viene trabajando en los últimos meses. Tras la aprobación por las Juntas Generales de Bizkaia de la correspondiente Norma Foral, 3/2026, de 18 de junio, ahora es el turno de los municipios, entre ellos Bilbao, de su aplicación con la aprobación de los tipos para cada tipo de alojamiento.
El Concejal de Hacienda, Carlos Urgoiti, ha señalado que en el caso de la Villa la propuesta es implantarlo utilizando el margen que ofrece la Norma Foral con criterios de “moderación y equilibrio”. Bajo esta premisa, con carácter general, los tipos de gravamen “se van a situar por encima del mínimo previsto con la finalidad de que quienes disfruten temporalmente de nuestra ciudad contribuyan de forma razonable al sostenimiento de los servicios públicos sin perjudicar la competitividad de Bilbao como destino.”
Por su parte, y como excepción, se aplicarán los tipos máximos previstos en la normativa en los casos de los apartamentos turísticos y de las viviendas de uso turístico. “Se trata -ha precisado el Concejal- de mantener un desarrollo de la industria del turismo compatible con el modelo de ciudad que queremos en Bilbao”.
En el marco de la futura regulación foral del Impuesto sobre Estancias Turísticas, el Ayuntamiento de Bilbao propone los siguientes tipos de gravamen por persona y noche, con un máximo de 6 días:
- Hoteles de 5 estrellas o categoría equivalente: 5 euros
- Hoteles de 4 estrellas o categoría equivalente: 4 euros
- Hoteles de 3 estrellas o categoría equivalente: 2 euros
- Hoteles de 2 estrellas o categoría equivalente: 1,50 euros
- Hoteles de 1 estrella o categoría equivalente: 1 euro
- Pensiones: 1 euro
- Apartamentos turísticos: 3,50 euros
- Campings y otras modalidades de acampada: 1 euro
- Agroturismos: 1 euro
- Casas rurales: 1 euro
- Albergues: 1 euro
- Otros establecimientos de alojamientos turísticos: 1,50 euros
- Viviendas de uso turístico cedidas íntegramente: 6,50 euros
- Viviendas particulares de uso turístico cedidas por habitaciones: 6,50 euros
- Embarcaciones de crucero turístico: 6 euros
¿QUÉ ES EL IMPUESTO SOBRE ESTANCIAS TURÍSTICAS?
El Impuesto sobre Estancias Turísticas es un tributo municipal que grava las pernoctaciones realizadas en alojamientos turísticos. Su objetivo es que las personas visitantes contribuyan al sostenimiento de los servicios públicos, infraestructuras y actuaciones municipales vinculadas a la actividad turística, favoreciendo un modelo de turismo sostenible y equilibrado.
La recaudación corresponde al municipio donde se realiza la estancia y su gestión es competencia de los ayuntamientos, en este caso del Consistorio bilbaino.
¿QUIÉN DEBE PAGARLO?
El impuesto será abonado por las personas que pernocten en establecimientos de alojamiento turístico, incluyendo hoteles, pensiones, apartamentos turísticos, viviendas de uso turístico, campings, alojamientos rurales, albergues y establecimientos análogos. El cobro se realizará a través de los propios establecimientos de alojamiento, que actuarán en la gestión del tributo como sustitutos de las personas que se alojen en ellos.
En todo caso, la estancia máxima que está previsto cobrar es de 6 noches por persona.
EXENCIONES
La normativa prevé diversas exenciones, entre ellas las correspondientes a las personas menores de 18 años y otros supuestos específicos de carácter social, sanitario o humanitario establecidos legalmente.
También se ha previsto la exención del pago de este impuesto a las estancias con reserva previa al 5 de febrero de 2026.
CALENDARIO DE APLICACIÓN
El nuevo impuesto empezará a aplicarse el 1 de enero de 2027, si bien la autoliquidación por parte de los establecimientos será trimestral. El Ayuntamiento de Bilbao tiene previsto realizar reuniones periódicas con el propio sector de cara a solventar posibles dudas en su gestión.
INICIO DEL PROCESO DE TRAMITACION DE LAS ORDENANZAS FISCALES
Tras la aprobación en Junta de Gobierno y la comparecencia a petición propia del Concejal de Hacienda para explicar el proyecto de modificación de las Ordenanzas Fiscales, se da inicio a todo el trámite reglamentario.
El próximo miércoles, 29 de julio, se celebrará una nueva comisión de Hacienda abriéndose el plazo de presentación de enmiendas por parte de los grupos políticos con representación municipal, previo al debate de aprobación inicial en Pleno Ordinario el 24 de septiembre.








