La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Bilbao ha reconocido que los periodos de incapacidad temporal causados por el COVID persistente que padece una celadora de la capital vizcaína deben ser calificados como enfermedad profesional. El fallo confirma que la trabajadora contrajo el virus mientras prestaba sus servicios laborales en un centro hospitalario.
El dictamen corregirá el criterio de la inspección médica, que reajustó la baja inicial de la empleada a enfermedad común tras sus primeras semanas de proceso, una decisión que afectó de forma negativa a sus compensaciones económicas durante los más de 18 meses que permaneció inhabilitada para el trabajo. El juzgado ha cuestionado la postura de la mutua Mutualia al rechazar el contagio en el recinto sociosanitario a pesar de los partes diagnósticos presentados.
Esta sentencia supone un paso clave para las pretensiones de la profesional sanitaria, quien padece además cuadros de fibromialgia y lumbalgia severa vinculados al virus, en el procedimiento iniciado para solicitar el reconocimiento de la incapacidad permanente.








