El Tribunal de Instancia de Bilbao ha dictado una resolución en la que determina que las bajas laborales por incapacidad temporal de una celadora aquejada de COVID persistente derivan de contingencias profesionales. La sentencia acredita que el contagio de la trabajadora se produjo en el ámbito de un recinto sanitario donde desempeñaba sus funciones profesionales.
La afectada permaneció de baja médica durante un periodo superior a los 18 meses. En una fase inicial, su expediente se catalogó como enfermedad profesional, pero la inspección médica modificó posteriormente la calificación a enfermedad común, una variación que mermó las prestaciones económicas percibidas por la empleada. La resolución judicial establece que el proceso debe mantener en su totalidad el carácter profesional de la contingencia desde su origen.
En el fallo, el órgano judicial reprocha a Mutualia haber negado que la infección tuviera lugar dentro del recinto hospitalario a pesar de la claridad del diagnóstico inicial. La trabajadora, a quien de forma posterior se le han diagnosticado dolencias de fibromialgia y lumbalgia severa derivadas del síndrome posCOVID, ha emprendido el trámite para solicitar la incapacidad permanente.








