El Departamento de Salud y el de Seguridad del Gobierno Vasco han elaborado un proyecto de decreto para unificar la normativa técnica, sanitaria y de seguridad que rige en las piscinas del territorio autonómico. Entre las principales modificaciones destaca la exención de contar con personal de salvamento en aquellos vasos recreativos que no superen los 100 metros cuadrados de lámina de agua —a excepción de cámpines y albergues—, así como en complejos residenciales de menos de 50 viviendas, establecimientos hoteleros con menos de 50 plazas o recintos destinados a hidromasaje y uso terapéutico.
En sustitución del personal de vigilancia, las instalaciones beneficiadas por esta medida deberán disponer de cerramientos de protección con bloqueo para evitar accesos indebidos o caídas accidentales, además de señalizar la ausencia de socorrista mediante cartelería visible. Asimismo, el proyecto normativo contempla la creación de un registro vasco de piscinas para censar la totalidad de las infraestructuras existentes y establece por primera vez criterios de control sanitario para los parques acuáticos infantiles.
Para los recintos que superen los umbrales de exención, la futura ordenanza mantendrá la obligación de disponer de al menos un socorrista para piletas de entre 100 y 500 metros cuadrados, escalando la dotación en función de la superficie total. Del mismo modo, el texto ratifica los niveles de acreditación profesional para los especialistas de salvamento marcados por la Ley del Deporte, cuyo periodo de exigencia fue aplazado mediante una moratoria estival para garantizar la apertura de los complejos durante la última temporada.








