La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha confirmado el ingreso en prisión de un hombre procesado por maltrato habitual, después de que este rechajara cumplir los requisitos indispensables dictados para eludir la pena de cárcel. La condena original, fijada en un año, nueve meses y un día de reclusión, había quedado en suspenso a condición de no delinquir, completar labores en beneficio de la comunidad y asistir a una formación de reeducación para agresores machistas.
El Servicio Vasco de Gestión de Penas notificó la negativa explícita del afectado a realizar tanto la prestación de trabajos comunitarios como la capacitación obligatoria. Ante esta falta, el Juzgado de lo Penal número 4 de San Sebastián revocó la suspensión del encarcelamiento, una resolución que fue recurrida posteriormente por la representación legal del implicado.
En su apelación, la defensa argumentó que la condición de extranjero del hombre le impedía dominar el idioma castellano y entender la trascendencia de las obligaciones asumidas. No obstante, la sala ha desestimado esta alegación al constatar que el procesado declaró durante todo el juicio asistido por su letrado sin requerir intérprete ni manifestar problemas de comprensión, dejando así firme la orden de internamiento penitenciario.








